lunes, 4 de mayo de 2015

La Posesión, Propiedad y Dominio, La Servidumbre.


LA POSESIÓN

La posesión es un derecho.
Tenencia de un bien con ánimo de señor o dueño, es decir la posesión es tener un bien, que no es mío.

Elementos de la posesión:

Animus: el ánimo de creerse dueño.
Corpus: tener física o materialmente el bien.

Usucapión: trascurso del tiempo.



PROPIEDAD Y DOMINIO

Es el máximo derecho que se tiene sobre los bienes.
El propietario debe tener certificado de libertad y tradición de la oficina de instrumentos públicos.

Prescripción:

Bienes muebles: 3 años
Viviendas de interés social: 3 años
Para otros predios urbanos y rurales: 5 años
Pueden ser:
Ordinaria: 5 años
Extraordinaria: 10 años

Herramientas para evitar la invasión del terreno o  figuras jurídicas que se pueden utilizar como propietario:

1.       Denuncia Penal ante la fiscalía por usurpación o invasión de tierras.
2.       Proceso de lanzamiento ante el alcalde municipal por ocupación de hecho
3.       Proceso reivindicatorio ante un juez. Dentro de 3 o 5 años está el lanzamiento de ello.
4.       Comandancia de policía por hecho de invasión en flagrancia.




LA SUCESIÓN


ART. 2. INC. 2:

Las autoridades de la república están instituidas para proteger a todas las personas , residentes en Colombia, e su vida, honra , bienes, creencias y demás derechos y libertades y asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del estado y de los particulares.




LA SERVIDUMBRE

Uso, goce, disfrute de algo.
Era una figura en roma por medio de la cual se hacían o ejercían un derecho real sobre la cosa ajena en beneficio de una persona determinada.

Existían dos clases de servidumbres:

1.       Servidumbres prediales:

Eran los caminos:
-hídricas.
-oleoductos.
- eléctricas.

Hay:

Servidumbres de Derecho:

Cuando celebramos la escritura pública y el predio dominante es el dueño de la servidumbre.

Servidumbre de Hecho:

No se legaliza. Pasa de ser costumbre a ser servidumbre de hecho, si pasa de los 30 días.

Predio sirviente:
 Sujeto pasivo, el que sede la servidumbre.

Predio dominante:
Sujeto activo, el que se beneficia con la servidumbre.

“El interés general prima sobre el particular”

2.       Servidumbres personales, así mismo servidumbres de animales:

Eran aquellas que recaían sobre los esclavos o los animales, los podían usar para trabajos agrícolas, para la siembra, etc.











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