Derecho Romano
Es el ordenamiento jurídico
que rigió a los ciudadanos de Roma y,
con posterioridad, de aquellos instalados en distintos sectores de su imperio,
en un espectro histórico cuyo punto de partida se sitúa a la par de la
fundación de Roma.
Derecho: Es un conjunto de normas que regulan el comportamiento
humano.
La definición del Derecho
romano se comprende mejor si se construye a partir de la comprensión de sus
nociones fundamentales y de su sistema de fuentes. Sin embargo, éstas no
permanecen idénticas en el transcurso de la historia del Derecho romano, sino
que varían tanto en su número, como en su valor dentro del sistema de fuentes
mismo. Es este sistema el que provee de nociones claves para entender lo que en
Roma se entiende por derecho. Con todo, es posible adelantar que la expresión
ius es la que se utiliza para señalar al derecho. Esta expresión se opone a la
de fas, que designa a la voluntad divina. Esta clara delimitación entre derecho
y religión es patente en testimonios que datan desde el siglo.III a. C., pero ello
no es válido para los primeros tiempos, como se verá. A su vez, la expresión
ius servirá para la identificación de diversas categorías del mismo, tales como
ius civile, ius naturale, ius honorarium, o ius gentium, por nombrar algunas de
las más relevantes.
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